El grupo municipal propone bonificar la instalación de sistemas de energía solar y reprocha que no se acepte su propuesta para ayudar a los autónomos
El grupo municipal de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Villanueva de Gállego ha lamentado que las ordenanzas fiscales del municipio no contemplen una rebaja en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica para tractores. “No entendemos una decisión que afecta de forma directa a los autónomos de la localidad”, ha afirmado la portavoz del partido liberal, Elisa Sacacia. Asimismo, ha advertido de que “estamos luchando para que Villanueva sea un referente logístico”, pero tampoco se reduce el gravamen para los camiones.
La formación naranja ha presentado tres propuestas de modificación a las ordenanzas fiscales para el año 2020 en esta localidad que benefician principalmente a los autónomos, si bien el equipo de gobierno ha rechazado dos de ellas y aprobará esta tarde en pleno su propuesta de ordenanzas.
“Nos parece incoherente que se baje el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica un 15 por ciento a los híbridos y un 5 por ciento a los de motor eléctrico o de emisiones nulas”, mientras se reduce ese porcentaje entre un 10 y un 20 por ciento a los turismos con emisiones de CO2. Cs ha planteado que se reduzca el impuesto en turismos, camiones y tractores de forma progresiva entre un 5 y un 10 por ciento en función de los caballos fiscales y kilos de carga útil, propuesta que el equipo de gobierno ha rechazado.
En cuanto a la ordenanza sobre bienes inmuebles, tampoco se ha aceptado la sugerencia de bonificar con un 25 por ciento a aquellos inmuebles donde desarrollen su actividad autónomos, aunque el alcalde se ha comprometido a estudiarlo en un futuro. “Queremos apoyar a los trabajadores del municipio, por eso no entendemos que se rechacen estas propuestas”, ha recalcado la portavoz de Cs.
La única propuesta de Ciudadanos que ha sido aceptada es la bonificación en un 30 por ciento de la cuota, durante ocho años, por la instalación de sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Solo podrán beneficiarse de ello los inmuebles en los que se ejecuten instalaciones de autoconsumo, en las modalidades previstas en el Real Decreto 900/2015 de 9 de octubre, que aprovechen la energía solar fotovoltaica, quedando excluidas las demás fuentes de energía renovable.