José Luis Cadena recuerda que en Huesca han nacido unos 2.000 niños en cuatro años, por lo que muchas familias necesitan ayuda para reclamar las cantidades cobradas indebidamente en su IRPF, según el criterio del Tribunal Supremo
El Grupo Municipal de Ciudadanos en Huesca ha presentado una moción en la que solicita al Ayuntamiento la puesta en marcha de un servicio de asesoramiento para que las familias de Huesca que estén interesadas puedan recuperar los importes de las prestaciones por maternidad ingresados en su IRPF que el Tribunal Supremo ha declarado como exentas en una sentencia reciente.
Su portavoz, José Luis Cadena, ha recordado que el Supremo declaró como exentas del IRPF este tipo de prestaciones en su sentencia del pasado 3 de octubre, por lo que, a partir de ahora, las cobradas anteriormente podrán ser reclamadas por las familias.
Asimismo, Cadena ha explicado que Cs ha presentado esta propuesta porque, a pesar de la claridad y nitidez de la sentencia referenciada, “desde la Agencia Tributaria todavía no se ha oficializado un sistema claro, ni unas instrucciones precisas respecto a cómo han de proceder las familias afectadas por esta decisión y poder recuperar así su dinero”.
“En Ciudadanos, somos conscientes de la peculiaridad de estos trámites, por lo que consideramos necesario que el Ayuntamiento, la administración más cercana a los afectados, preste de forma complementaria a los servicios de la Agencia Tributaria una asistencia gratuita y profesional a las familias”, ha aseverado.
En ese sentido, el edil ha indicado que unos 2.000 niños han nacido en Huesca en los últimos 4 años, el plazo sobre el que Ciudadanos entiende que se extendería el efecto de esta sentencia, por lo que el número de familias oscenses afectadas es “más que considerable”. Además, Cadena ha apuntado que esta noticia “da un respiro a las familias” que han sufrido en los últimos años las continuas subidas de impuestos de los Gobiernos de PP y PSOE.
Finalmente, el portavoz ha subrayado que Cs siempre ha defendido que en España “no puede haber ciudadanos de primera o de segunda dependiendo de dónde vivan”. “Este criterio también lo recoge la sentencia cuando declara como exentas estas prestaciones, independientemente de la Administración o territorio donde se hayan podido otorgar”, ha concluido.